Todo comienza con un presunto caso de corrupción en la Escuela de Policía de Cataluña y en el poder Judicial en Cataluña, denunciado por 25 aspirantes a policías y por Iván Rodríguez, vocal de Afectados por el ISPC en POLITEIA y fundador de la Plataforma de Afectados por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, desde donde defiende los derechos de los aspirantes en el acceso a os cuerpos de policía en Cataluña en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.
Nos remontamos a septiembre de 2010. Una aspirante a Policía Local superó la primera fase de la oposición. Hasta ahí todo iba bien. La siguiente fase consistía en completar un curso de formación en el ISPC. Durante ese tiempo, por motivos de salud, tuvo que pedir la baja médica, que se prolongó durante 35 días.
Al reincorporarse, su instructor (por motivos que no están justificados) presuntamente falseó su expediente para que fuera declarado no apto en el proceso selectivo de la policía. Intentando averiguar cómo y por qué el instructor llegó actuar de esta forma, el aspirante realizó grabaciones de audio en las cuales se evidenciaba un delito de falsedad documental. Incluso esta misma institución negó al aspirante el derecho a entregarle una copia de su expediente. Es más, se negó a aportar la documentación solicitada por el Juzgado número 2 de Mollet del Vallés a petición de la Fiscalía. Ante esta nueva irregularidad el Sindic de Greuges de Catalunya declaró que “los derechos del aspirante habían sido vulnerados por el ISPC”.
A continuación se suceden una serie denuncias, primero individual, pero con el tiempo, con los años, se convirtió en colectiva porque hay muchos afectados por el ISPC. En todos los procedimientos judiciales, el denunciante aportó (o intentó aportar) estas grabaciones que hubieran sido fundamentales para la resolución favorable de su juicio, pero extrañamente nunca fueron consideradas.
El afectado interpuso la denuncia ante el Tribunal Contencioso Administrativo número 15 de Barcelona, donde directamente se desestimó la denuncia. A continuación, ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Mollet del Vallés, donde ejerce el Juez D. Salvador Chela Rodríguez (a quien parecería que le flaquea en la memoria una de las bases de la democracia moderna, la teoría de la División de Poderes de Montesquieu. “En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.” Y que la institución de la Judicatura es independiente de cualquier otro poder del Estado, según establece la Constitución Española en el Titulo VI, artículo 117). En este Juzgado y de forma “extraña”, la denuncia se archivó.
Llegamos a julio de 2014, han pasado casi 4 años. Ya no tenemos un denunciante, sino que a la denuncia original se han sumado un total de 25 afectados por las irregularidades del ISPC, alegando los mismos motivos.
El Juzgado número 2 de Mollet del Vallés sobreseyó la causa sin tomar declaración a todos los denunciantes que aportarían pruebas concluyentes y fehacientes de un acto delictivo. Y no sólo eso, en el citado juzgado se extravió “misteriosamente” documentación del caso y se negó a algunos de los denunciantes la posibilidad de declarar y aportar pruebas decisivas.
Pero ésto sólo ha sido el entrante.
El juez, D. Salvador Chela Rodríguez, absolvió a una de las querelladas por la denuncia con quien está probado que “mantiene una relación de amistad”.
El juez, D. Salvador Chela Rodríguez, es “simpatizante activo del mismo partido político que gobernaba la Generalitat de Catalunya (responsables subsidiarios)”.
El juez, D. Salvador Chela Rodríguez, es colaborador activo del ISPC y se relaciona con altos cargos del Cuerpo de Mossos d’Esquadra.
Por todo lo anterior, porque es flagrante, el juez fue denunciado por un caso claro de prevaricación judicial (Montesquieu está tocado y hundido).
Ya es abril de 2018, han pasado 7 años y medio. El abogado defensor de los afectados presentó un Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional y fue desestimado. A continuación presentó un recurso de súplica ante la Fiscalía del Tribunal Constitucional por vulneración de los derechos fundamentales, y volvió a ser desestimado.
Finalmente llegamos a 21 de enero de 2019. Todos los afectados elevan su denuncia al Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea, exponiendo que en su proceso judicial se “ha vulnerado el Artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por no haber existido el derecho a un proceso equitativo” según los siguientes cargos:
1. Violación del principio de inmediación y el derecho a ser oído
2. Violación a la regla de la sana crítica
3. Violación al derecho de un juez imparcial
4. Violación de un proceso en un plazo razonable
Nos mantenemos a la espera.